domingo, 6 de enero de 2013

Controlar los contenidos de internet



Calumnias e injurias.

Capítulo 14.

Conferencia Mundial de Telecomunicaciones Internacionales. (CMTI)
Acuerdo de Dubai 2012
Unión Internacional de las Telecomunicaciones (UIT) (ITU)
Reglamento de las comunicaciones internacionales.
Controlar los contenidos de Internet.
El voto argentino.

Por Dr. Joaquín R. Ledesma

1. Unión Internacional de las Telecomunicaciones

La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) es el organismo especializado de Telecomunicaciones de la Organización de las Naciones Unidas, para las tecnologías de la información y la comunicación. En la actualidad son 193 países miembros y más de 700 entidades del sector privado e instituciones académicas. Tiene su Sede en Ginebra (Suiza), y cuenta con 12 oficinas regionales y de zona en todo el mundo.
Los miembros de la UIT representan una sección transversal del sector mundial de las TIC, desde los mayores fabricantes y operadores del mundo hasta los pequeños actores innovadores que cuentan con tecnologías nuevas y emergentes, junto a las principales entidades de I+D e instituciones académicas.
Basada en el principio de la cooperación internacional entre los gobiernos (Estados Miembros) y el sector privado (Miembros de Sector, Asociados e Instituciones Académicas), es el primer foro mundial en el que las partes colaboran para lograr un consenso sobre una amplia gama de cuestiones que afectan a la futura orientación de la industria de las TIC.
Cada vez que alguien hace uso un teléfono y marca un número, contesta una llamada en un teléfono móvil, envía un fax o recibe un correo electrónico, toma un avión o un barco, escucha la radio o ve su programa de televisión preferido, saca provecho de los marcos normativos universales de las telecomunicaciones y las tecnologías en información y comunicación elaborados por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).
Si bien este blog es de difusión sobre temas vinculados a los efectos de la WEB, es importante que el lector pueda asociar la disyuntiva permanente entre la  libertad a la información y a la comunicación  y el derecho a respetar el honor de los usuarios, la protección de sus datos privados, el acoso cibernético y las calumnias e injurias.
Esta Conferencia es la primera vez que se incluye Internet. En la reunión del 98 no tenía el peso que alcanzó en la actualidad. Podemos adelantar que se debatirán dos modelos alternativos de administración.

2. Conferencia Mundial de Telecomunicaciones Internacionales. (CMTI)

Las conversaciones se realizan bajo los auspicios de la Unión Internacional de las Telecomunicaciones (UIT) como señalamos en el punto anterior. La última había sido en 1988. Cerrando el año 2012, se realizó una nueva Conferencia en Dubái (Emiratos Árabes) entre el  3 al 14 de Diciembre. En 2014 habrá otra reunión para ratificar las Actas elaboradas en esta oportunidad y para revisar y eventualmente actualizar el Reglamento. Sin duda que habrá que seguir la dinámica sorprendente del desarrollo tecnológico en las comunicaciones. El procedimiento está sustentado en la negociación para alcanzar consensos, en un tema global, para facilitar la interconexión de los servicios de comunicación e información. Los países que aprobaron el documento final podrán implementarlo de manera individual y los no firmantes aplicarán acuerdos separados en su lugar.
Estados Unidos sostuvo de forma repetida que Internet no debía ser mencionado en el tratado, que aborda cuestiones técnicas como conectar las llamadas telefónicas internacionales, ya que al hacerlo ello podría conducir a frenos para la libertad de expresión y al remplazo de la forma existente de control de Internet de abajo hacia arriba por un modelo controlado por los gobiernos.  Reino Unido, Francia, Alemania, Suecia, Suiza, Australia, Japón, Polonia y otros mantuvieron esta posición que alcanzó a 63 votos de los 152 países presentes.
Un grupo de países liderados por Rusia y que incluyó a China y al país anfitrión, Emiratos Árabes, argumentó en las negociaciones que Internet debía figurar dentro de las conversaciones porque su tráfico viaja a través de las redes de telecomunicación. Argentina sumó su voto a favor de esta última posición que alcanzó la mayoría con 89 votos. Expresó que se reserva “el derecho a adoptar toda medida que considere necesaria, según leyes locales y según el derecho internacional, para salvaguardar así los intereses nacionales en caso de que otros estados miembro no cumplan con las Actas Finales de la Conferencia Mundial sobre Telecomunicaciones Internacionales (Dubái 2012) o en caso de que las reservas expresadas por otros estados miembro afecten los servicios de telecomunicación internacional de la República Argentina o sus derechos soberanos”.

3 Nuevo   Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales. (RTI)

El preámbulo reconoce en toda su  plenitud a cada Estado el derecho soberano a reglamentar sus telecomunicaciones. El Reglamento complementa la Constitución y el Convenio de la UIT. Establece los principios generales y no atañe a los aspectos de contenido (art 1)
Su objeto es facilitar  la interconexión y la interoperabilidad a escala mundial de los medios de telecomunicación y favorecer el desarrollo armonioso y el funcionamiento eficaz de los  medios técnicos, así como la eficacia, la utilidad y la disponibilidad para el público de los servicios internacionales de telecomunicación (art. 1.3)
Se define la Telecomunicación como  toda transmisión, emisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza por hilo, radiolectricidad, medios ópticos u otros sistemas electromagnéticos (art. 2.1)
En el artículo  5 B se incorpora Internet en los principios generales. Expresa que “los Estados  Miembros deben procurar tomar las medidas necesarias para evitar la propagación de comunicaciones  electrónicas masivas no solicitadas y minimizar sus efectos en los servicios internacionales de telecomunicación”.
Los demás títulos tratados fueron, Definiciones, Red Internacional, Servicios internacionales de telecomunicaciones, Seguridad de la vida humana y prioridad de las telecomunicaciones, Seguridad y robustez de las redes (Art.5 A) Comunicaciones electrónicas masivas no solicitadas ,tasación, tasas de distribución, percepción, fiscalidad, suspensión de servicios, difusión de información, eficiencia energética, residuos electrónicos, accesibilidad y acuerdos particulares. Entrará en vigencia el 1 de enero del 2015.

4.Conclusión. Mas allá de un primer paso frágil por la gran asimetría que existe entre los países y los operadores, se inicia un camino necesario y relevante. Internet está en la agenda global.

Enlaces y Fuentes
http://www.clarin.com/  (15.12.2012)